CINCO AÑOS:
Para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado
DOS AÑOS:
Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
UN AÑO:
ESPAÑA. C/ Antonio Acuña, 12 – 1B 28009 – Madrid.
Telf. +34 681 081 710
VENEZUELA. Centro Ciudad Comercial Tamanaco – Torre D – Oficina 209. Av. La Estancia, Chacao Caracas, 1060.
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